La Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores es el órgano supremo del Tratado de Cooperación Amazónica y según se establece en el Tratado, celebrarán reuniones cada vez que lo juzguen conveniente u oportuno, a fin de fijar las directrices básicas de la política común, apreciar y evaluar la marcha general del proceso de Cooperación Amazónica y adoptar las decisiones tendientes a la realización de los fines propuestos.
Las reuniones se celebran por iniciativa de cualquiera de las Partes Contratantes siempre que cuente con el apoyo de por lo menos otros cuatro Estados Miembros. Generalmente son precedidas por reuniones del Consejo de Cooperación Amazónica.
Reglamento de la Reunión
I Reunión de Ministros
II Reunión de Ministros
III Reunión de Ministros
IV Reunión de Ministros
V Reunión de Ministros
VI Reunión de Ministros
VII Reunión de Ministros
VIII Reunión de Ministros
IX Reunión de Ministros
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